Restricciones en edificios: uso de ascensores y áreas comunes por vecinos morosos

TC respalda a edificios: juntas podrán restringir ascensores y áreas comunes a vecinos morosos

El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido un fallo que marca un precedente importante en la gestión de edificios y condominios en el Perú. Según la decisión, las juntas de propietarios tienen la facultad de restringir el uso de ascensores, estacionamientos y otras áreas comunes a los vecinos que no se encuentren al día en el pago de sus cuotas de mantenimiento.

Este pronunciamiento busca garantizar la sostenibilidad de los edificios y la equidad entre los residentes, ya que los gastos compartidos permiten mantener en buen estado las instalaciones y servicios. En muchos casos, la morosidad genera una carga excesiva para quienes sí cumplen con sus aportes, afectando la convivencia y la calidad de vida dentro de las comunidades.

Si bien el fallo del TC avala esta medida, también enfatiza que las juntas deben actuar con proporcionalidad y asegurar que las restricciones no vulneren derechos fundamentales, como el acceso a la vivienda o la integridad de los residentes. De esta manera, se establece un balance entre la responsabilidad colectiva y los derechos individuales.

En el contexto actual, donde la gestión eficiente de edificios es clave para el desarrollo urbano, esta decisión refuerza la necesidad de una mayor organización y cumplimiento en la vida en comunidad. La arquitectura no solo se trata de construir espacios, sino también de fomentar reglas claras para que estos funcionen de manera armónica.

Fuente: Diario El Peruano

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